Prohibición frente a escuchas ilícitas

La legislación federal estadounidense (Parte 15, Sección 15.9 de la Comisión Federal de Comunicaciones [FCC]) dispone que “Con la salvedad de las operaciones llevadas a cabo por agentes de los cuerpos de seguridad con las autorizaciones legítimas pertinentes, ningún individuo podrá utilizar, ya sea de forma directa o indirecta, un dispositivo según lo descrito en las disposiciones de esta Parte con el fin de escuchar o grabar conversaciones privadas de otras personas, a menos que dicho uso haya sido autorizado por todas las partes implicadas en la conversación”.

El usuario es responsable de cumplir con la legislación vigente en su jurisdicción.